GUÍA GENERAL (GG)

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  1. Artículo 60 y 61 del Reglamento de la Ley Forestal. (RLF).
  2. Se expide por el Servicio Estatal Forestal Provincial (SEFP).
  3. A las Empresas Forestales Integrales y otras empresas o entidades forestales o cooperativas, en cuyo objeto social, se autoriza el aprovechamiento de la madera y ampara el volumen total de productos forestales a aprovechar en el año correspondiente a su plan técnico-económico.
  4. Se ejecuta mediante las Autorizaciones de Corta para cada área en específico, evaluada con anterioridad.
  5. Para obtener la GG se necesita contar con la evaluación de las áreas a manejar con su Esquema Tecnológico de Aprovechamiento (ETA) y posteriormente se emiten las autorizaciones de corta para cada área.